La borrasca “Herminia” provoca retrasos y cancelaciones en vuelos

Reclamar vuelos por borrasca

La reciente borrasca “Herminia” ha generado una situación de caos en los aeropuertos del norte de España, afectando principalmente a Galicia, Cantabria y Euskadi. Con rachas de viento que han superado los 160 km/h y lluvias torrenciales, numerosas aerolíneas se han visto obligadas a cancelar o desviar vuelos, causando inconvenientes a miles de pasajeros.

Impacto en los vuelos y pasajeros

Las condiciones meteorológicas adversas han provocado la cancelación y el desvío de múltiples vuelos en aeropuertos clave como los de Santiago de Compostela, Bilbao y Santander. Además, la caída de árboles y otros objetos en las pistas ha dificultado aún más las operaciones aéreas. Se estima que cientos de pasajeros han sufrido interrupciones en sus planes de viaje, con largas esperas y reubicaciones en vuelos posteriores.

¿Qué dice el Reglamento 261/2004 en estos casos?

El Reglamento (CE) 261/2004 establece los derechos de los pasajeros en caso de cancelaciones y retrasos de vuelos dentro de la Unión Europea. Sin embargo, este mismo reglamento contempla excepciones en situaciones extraordinarias, como condiciones meteorológicas adversas.

Según el artículo 5 del Reglamento 261/2004, las aerolíneas no están obligadas a compensar a los pasajeros si la cancelación o el retraso prolongado se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado, incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables. La borrasca “Herminia” se considera una de estas circunstancias, ya que los fuertes vientos y lluvias representan un riesgo para la seguridad de las operaciones aéreas.

Derechos de los pasajeros afectados

Aunque las aerolíneas no están obligadas a pagar compensaciones en estos casos, sí deben cumplir con otras obligaciones, como:

  1. Derecho a información: las compañías aéreas deben informar a los pasajeros sobre la situación de su vuelo y sus derechos de asistencia.
  2. Derecho a asistencia: si el retraso es superior a dos horas (según la distancia del vuelo), los pasajeros tienen derecho a recibir comida, bebida y, en algunos casos, alojamiento y transporte si la espera se prolonga.
  3. Derecho a reembolso o transporte alternativo: en caso de cancelación, el pasajero puede optar por el reembolso del billete o por un transporte alternativo a su destino final.

Si bien la borrasca “Herminia” ha causado interrupciones significativas en el tráfico aéreo, es fundamental que los pasajeros conozcan sus derechos y lo que pueden exigir a las aerolíneas en estos casos. Aunque no haya compensación económica por tratarse de una circunstancia extraordinaria, las aerolíneas siguen teniendo la responsabilidad de asistir y proporcionar soluciones a los pasajeros afectados.

Para más información sobre los derechos del pasajero y cómo actuar en casos de cancelaciones o retrasos, se recomienda consultar fuentes oficiales o contactar con profesionales en reclamaciones de vuelos, como es nuestro caso en Reclamación por Vuelo.

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