Crisis aérea con Venezuela: cancelaciones por seguridad y sin derecho a compensación
En Reclamación por Vuelo estamos recibiendo un gran volumen de consultas de pasajeros afectados por la situación que se ha generado entre varias aerolíneas y Venezuela. Por ello, hemos preparado esta información esencial para que todos los viajeros sepan exactamente qué derechos tienen y qué pueden solicitar en este momento.

¿Qué está pasando con los vuelos a Venezuela?
En los últimos días, varias aerolíneas europeas y latinoamericanas —incluyendo Iberia, Air Europa, TAP Air Portugal, Avianca y GOL— han cancelado sus vuelos hacia o desde Venezuela como consecuencia de una alerta de seguridad emitida por la Federal Aviation Administration (FAA) de Estados Unidos.
La advertencia menciona riesgos importantes en el espacio aéreo venezolano, como actividad militar y falta de garantías de seguridad para la aviación civil.
Tras estas cancelaciones, el organismo venezolano INAC ha exigido a las aerolíneas que retomen los vuelos en un plazo de 48 horas, amenazando con retirar sus derechos de tráfico si no lo hacen, lo que ha aumentado aún más la tensión y la incertidumbre.
Recomendación de Reclamación por Vuelo: ¿Es reclamable esta situación?
No, no es reclamable por compensación económica.
Desde Reclamación por Vuelo queremos dejarlo totalmente claro:
👉 Las cancelaciones debidas a esta situación NO generan derecho a indemnización económica, ya que se consideran fuerza mayor o circunstancia extraordinaria según el Reglamento (CE) 261/2004.
Al tratarse de un problema de seguridad aérea y decisiones gubernamentales ajenas al control de las aerolíneas, éstas quedan exentas del pago de compensación (los 250 €, 400 € o 600 € habituales).
Esto se confirma también en análisis jurídicos como el del portal especializado DespachosAbogados.es, que clasifica expresamente estas cancelaciones como incidencias no indemnizables por causa extraordinaria.
Pero sí tienes derechos. Y en Reclamación por Vuelo te explicamos cuáles son.
Aunque no exista compensación económica, los pasajeros mantienen derechos muy importantes según el Reglamento europeo.
1. Derecho a reembolso o reubicación (Artículo 8)
La aerolínea está obligada a ofrecerte una de estas opciones a tu elección:
- Reembolso completo del billete.
- Transporte alternativo en el siguiente vuelo disponible.
- Cambio de fecha sin coste, si prefieres volar otro día.
Recomendación de Reclamación por Vuelo:
No estás obligado a aceptar un voucher o bono. Si quieres el reembolso en dinero, puedes exigirlo.
2. Derecho a asistencia en aeropuerto (Artículo 9)
Si la cancelación te sorprende ya en el aeropuerto o en escala:
- Comidas y bebidas.
- Alojamiento si es necesario pasar la noche.
- Transporte entre hotel y aeropuerto.
- Acceso a comunicaciones (internet, llamadas).
Aunque la causa sea fuerza mayor, estas obligaciones se mantienen intactas.
3. Gastos que sí pueden reclamarse
En Reclamación por Vuelo recomendamos guardar todos los justificantes si la cancelación te obliga a realizar gastos que entran dentro de la asistencia obligatoria:
- Hotel por retraso forzado.
- Transporte extra al aeropuerto o alojamiento.
- Comidas necesarias durante la espera.
▶️ Ojo: No es reclamable el daño indirecto (visados, excursiones, reservas de hotel en destino), porque en fuerza mayor la aerolínea no responde de estos perjuicios.
Recomendación final de Reclamación por Vuelo
- Contacta con la aerolínea inmediatamente para pedir reembolso o reubicación.
- Guarda toda la documentación del vuelo y gastos.
- Solicita por escrito cualquier cambio o devolución.
- Exige la asistencia obligatoria si estás en aeropuerto o tránsito.